Decreto 1004/2014 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) 23-jun-2014
INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (I.A.T.) - CREACION
Publicada en el Boletín Oficial del 25-jun-2014 Número: 32912
CREASE EL INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (I.A.T.) EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, CON EL OBJETO DE PARTICIPAR EN LA ELABORACION DEL PLAN ESTRATEGICO DEL TRANSPORTE, Y BRINDAR ASESORAMIENTO A DICHO MINISTERIO SOBRE EL PARTICULAR; CONVOCAR, INTEGRAR Y ARTICULAR LOS SECTORES PUBLICO Y PRIVADO A ESE FIN VINCULADOS AL TRANSPORTE; PROPICIAR LA INVESTIGACION, CAPACITACION Y DISTRIBUCION DE LA INFORMACION RELACIONADA AL TRANSPORTE; ASI COMO COLABORAR EN LA ELABORACION DE TODO TIPO DE PROGRAMAS Y ACCIONES TENDIENTES A LA MEJORA CONSTANTE DEL TRANSPORTE.
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EMPRESAS OPERADORAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA
Resolución 992/2013
SECRETARIA DE TRANSPORTE
27-ago-2013
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Publicada en el Boletín Oficial del 28-ago-2013
27-ago-2013
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Publicada en el Boletín Oficial del 28-ago-2013
Página: 27
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARÁCTER INTERJURISDICCIONAL, ALCANZADAS POR EL DECRETO Nº 958 DE FECHA 16 DE JUNIO DE 1992, CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL DECRETO Nº 808 DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 1995 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DEBERÁN PONER EN CONOCIMIENTO DE LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE ESTA SECRETARIA SU IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR PRESTANDO SERVICIOS EN LAS TRAZAS OBJETO DE SUS PERMISOS, CON CARÁCTER PREVIO AL ACAECIMIENTO DE TAL CIRCUNSTANCIA.
Texto completo de la norma
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARÁCTER INTERJURISDICCIONAL, ALCANZADAS POR EL DECRETO Nº 958 DE FECHA 16 DE JUNIO DE 1992, CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL DECRETO Nº 808 DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 1995 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DEBERÁN PONER EN CONOCIMIENTO DE LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE ESTA SECRETARIA SU IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR PRESTANDO SERVICIOS EN LAS TRAZAS OBJETO DE SUS PERMISOS, CON CARÁCTER PREVIO AL ACAECIMIENTO DE TAL CIRCUNSTANCIA.
Texto completo de la norma
RÉGIMEN DE PENALIDADES POR INFRACCIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Resolución 372/2013
20-ago-2013
Resolución 372/2013
20-ago-2013
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS RESOLUCIÓN CO.N.T.A. Nº 315/94 - MODIFICACION
Publicada en el Boletín Oficial del 23-ago-2013
Publicada en el Boletín Oficial del 23-ago-2013
Número: 32707
Página: 6
Resumen:
RÉGIMEN DE PENALIDADES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN MATERIA DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN NACIONAL. RESOLUCIÓN Nº 315/1994. MODIFICACIÓN.
Texto completo de la norma
Resumen:
RÉGIMEN DE PENALIDADES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN MATERIA DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN NACIONAL. RESOLUCIÓN Nº 315/1994. MODIFICACIÓN.
Texto completo de la norma
CIRCULACION DE VEHICULOS - RESTRICCIONES
AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición
333/2013
11-jul-2013
TRANSPORTE
AUTOMOTOR
Publicada en el Boletín Oficial del 15-jul-2013
Publicada en el Boletín Oficial del 15-jul-2013
Número: 32679
Página: 43
Resumen:
ESTABLECENSE RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE DE CATEGORÍAS N2,
N3, O, O3 Y O4 POR LAS RUTAS NACIONALES CONFORME LAS FECHAS Y HORARIOS
PLASMADOS EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE DISPOSICIÓN.
CLAUSULA TERCERA DEL ACTA ACUERDO
MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Conjunta
112/2013 SECRETARIA DE INDUSTRIA
Resolución Conjunta 322/2013 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Publicada
en el Boletín Oficial del 11-jul-2013
Número: 32677
Página: 31
Resumen:
CONCEDESE EN UN TODO DE ACUERDO A LO PREVISTO EN LA CLAUSULA TERCERA DEL ACTA ACUERDO SUSCRIPTA CON FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 2009, ENTRE EL EX-MINISTERIO DEL INTERIOR, EL EX-MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL EX-MINISTERIO DEL INTERIOR, LA ASOCIACION DE FABRICAS DE AUTOMOTORES Y LA CAMARA DE IMPORTADORES Y DISTRIBUIDORES OFICIALES DE AUTOMOTORES, LA EXCEPCION DE CUMPLIMIENTO DEL PORCENTUAL ANUAL ACORDADO PARA EL AÑO 2013, SOLICITADA POR LA ASOCIACION DE FABRICAS DE AUTOMOTORES, CON LA CONFORMIDAD DE LA CAMARA DE IMPORTADORES Y DISTRIBUIDORES OFICIALES DE AUTOMOTORES, PRORROGANDO EN CONSECUENCIA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA OBLIGATORIEDAD DE IMPLEMENTACION DEL SISTEMA ANTIBLOQUEO DE FRENOS (ABS), PARA LOS VEHICULOS DE CATEGORIAS M2, M3, N2 Y N3 (EXCLUIDOS LOS VEHICULOS ALCANZADOS POR LA RESOLUCION Nº 100 DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2008 DE LA EX-SECRETARIA DE TRANSPORTE ENTONCES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS), QUE LAS TERMINALES AUTOMOTRICES HOMOLOGUEN Y/O CERTIFIQUEN BAJO LOS REQUERIMIENTOS DE LA NORMA EURO III, HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2013, POR ENCONTRARSE INCLUIDOS LOS MISMOS DENTRO DEL CONCEPTO DE “FIN DE SERIE”; Y POR HABER SIDO PRORROGADA LA VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE EMISIONES GASEOSAS QUE CUMPLAN CON LOS LIMITES DE EMISIONES GASEOSAS EURO III, HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE LA RESOLUCION Nº 1448 DE FECHA 1 DE NOVIEMBRE DE 2012 DE LA SECRETARIA DE GABINETE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
CONCEDESE EN UN TODO DE ACUERDO A LO PREVISTO EN LA CLAUSULA TERCERA DEL ACTA ACUERDO SUSCRIPTA CON FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 2009, ENTRE EL EX-MINISTERIO DEL INTERIOR, EL EX-MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL EX-MINISTERIO DEL INTERIOR, LA ASOCIACION DE FABRICAS DE AUTOMOTORES Y LA CAMARA DE IMPORTADORES Y DISTRIBUIDORES OFICIALES DE AUTOMOTORES, LA EXCEPCION DE CUMPLIMIENTO DEL PORCENTUAL ANUAL ACORDADO PARA EL AÑO 2013, SOLICITADA POR LA ASOCIACION DE FABRICAS DE AUTOMOTORES, CON LA CONFORMIDAD DE LA CAMARA DE IMPORTADORES Y DISTRIBUIDORES OFICIALES DE AUTOMOTORES, PRORROGANDO EN CONSECUENCIA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA OBLIGATORIEDAD DE IMPLEMENTACION DEL SISTEMA ANTIBLOQUEO DE FRENOS (ABS), PARA LOS VEHICULOS DE CATEGORIAS M2, M3, N2 Y N3 (EXCLUIDOS LOS VEHICULOS ALCANZADOS POR LA RESOLUCION Nº 100 DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2008 DE LA EX-SECRETARIA DE TRANSPORTE ENTONCES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS), QUE LAS TERMINALES AUTOMOTRICES HOMOLOGUEN Y/O CERTIFIQUEN BAJO LOS REQUERIMIENTOS DE LA NORMA EURO III, HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2013, POR ENCONTRARSE INCLUIDOS LOS MISMOS DENTRO DEL CONCEPTO DE “FIN DE SERIE”; Y POR HABER SIDO PRORROGADA LA VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE EMISIONES GASEOSAS QUE CUMPLAN CON LOS LIMITES DE EMISIONES GASEOSAS EURO III, HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2013, MEDIANTE LA RESOLUCION Nº 1448 DE FECHA 1 DE NOVIEMBRE DE 2012 DE LA SECRETARIA DE GABINETE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
INTERVENTOR - DESIGNACION
PODER
EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Decreto
893/2013
Publicada
en el Boletín Oficial del 08-jul-2013
Número: 32675
Página: 6
Resumen:
DESIGNASE, A PARTIR DEL 5 DE JULIO DE 2013, EN EL CARGO DE INTERVENTOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ORGANISMO DESCENTRALIZADO ACTUANTE EN LA ÓRBITA DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, AL DR. D. FERNANDO RODRIGO MANZANARES (D.N.I. Nº 18.761.117).
DESIGNASE, A PARTIR DEL 5 DE JULIO DE 2013, EN EL CARGO DE INTERVENTOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ORGANISMO DESCENTRALIZADO ACTUANTE EN LA ÓRBITA DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, AL DR. D. FERNANDO RODRIGO MANZANARES (D.N.I. Nº 18.761.117).
DECLARACION JURADA DE MOTOVEHICULOS - CREACION
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 311/2013
Publicado en el Boletín Oficial del 28-jun-2013
Número:32672
Pagina:17
CREASE E IMPLEMENTESE, BAJO LA ORBITA DE LA DIRECCION NACIONAL DE LICENCIA DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, A CARGO DEL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, LA DECLARACION JURADA DE MOTOVEHICULOS, COMO INSTRUMENTO IDONEO Y ELEMENTO REGISTRAL VALIDO, EN CARACTER DE SERVICIOS A TERCEROS, PARA SER SUMINISTRADO A LOS ADQUIRENTES DE UNA MOTOCICLETA, SEA CERO KILOMETRO O USADA, POR INTERMEDIO DE LOS CONCESIONARIOS OFICIALES Y/O PUNTOS DE COMERCIALIZACION, PREVIO A LA COMERCIALIZACION Y/O TRANSFERENCIA DE MOTOCICLETAS.
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